El Consejo de Gobierno es el órgano colegiado de gobierno y gestión de la Universidad. Establece sus líneas estratégicas y programáticas de actuación, así como las directrices y procedimientos para su aplicación, en la organización de la docencia, la investigación y la gestión de recursos humanos y presupuestarios.
funciones
Entre las funciones del Consejo de Gobierno se encuentran las de elaborar y aprobar su propio Reglamento de funcionamiento así como los de las Juntas de Centro, Consejos de Departamento e Institutos Universitarios de Investigación.
El Consejo de Gobierno también es el responsable de aprobar los proyectos de planes de estudio y sus modificaciones; de la planificación y ordenación académica general de cada curso y de los planes de organización docente y de asignación del profesorado. Además de la aprobación de los planes generales de investigación.
Por otra parte, también aprueba la relación de puestos de trabajos, las plazas de personal docente e investigador y la propuesta de plazas para estudiantes de nuevo ingreso; administra el patrimonio de la Universidad de Sevilla; e informa los proyectos de presupuesto y programación plurianual.
Entre otras funciones, además el Consejo de Gobierno elige a sus representantes en el Consejo Social y conoce de los nombramientos y ceses de Gerente, Decanos y Directores de Escuela, Directores de Departamentos y de Institutos Universitarios de Investigación y otros centros y servicios.
Composición
El Estatuto de la Universidad de Sevilla establece la composición del Consejo de Gobierno:
- El Rector, que lo preside.
- La Secretaria General, que actúa como Secretaria del mismo.
- El Gerente.
- Los Vicerrectores.
- Cuatro Decanos o Directores de Escuela.
- Tres Directores de Departamento.
- 34 miembros de la comunidad universitaria distribuidos del siguiente modo:
- 20 profesores, de los cuales diez serán del Sector A; tres, del Sector B; tres, Decanos o Directores de Escuela; y cuatro; Directores de Departamento.
- 11 estudiantes (Sector C), de los cuales uno será el Delegado del CADUS.
- Tres miembros del personal de administración y servicios (Sector D).
- Tres miembros del Consejo Social, no pertenecientes a la comunidad universitaria.
Los Decanos o Directores de Escuela y los Directores de Departamento serán elegidos, respectivamente, por la totalidad de quienes desempeñen el cargo académico correspondiente. Los 34 miembros de la comunidad universitaria serán elegidos por el Claustro por y entre los claustrales de los sectores correspondientes. Los miembros del Consejo Social serán designados por éste.
Puedes ver el listado de los miembros del Consejo de Gobierno aquí: